Abogado Turco – Abg. Emre Arslan

Un contrato mal redactado se paga siempre más caro que un contrato bien revisado. Cuando además se firma en un idioma que no se domina y bajo una ley extranjera, conviene comprobar antes de firmar qué obligaciones se asumen realmente y qué tribunal decidirá si algo sale mal.

El marco legal turco

La materia se rige por el Código de Obligaciones Turco (Ley n.º 6098), que regula la formación del contrato, el incumplimiento, la mora, la cláusula penal y la resolución.

En los contratos con elemento internacional es determinante lo que las partes hayan pactado sobre ley aplicable y sobre fuero o arbitraje: esas dos cláusulas, a menudo las últimas del documento, deciden dónde y con qué ley se resolverá el conflicto.

En qué podemos ayudarle

  • Redacción y revisión de contratos de compraventa, servicios y distribución
  • Contratos de obra y de construcción
  • Contratos de arrendamiento comerciales y de vivienda
  • Acuerdos de socios, precontratos y cartas de intenciones
  • Reclamación de cantidades y de daños por incumplimiento
  • Resolución de contratos y devolución de anticipos
  • Negociación de cláusulas penales, garantías y avales

Cómo trabajamos

Antes de una reclamación revisamos el contrato y toda la correspondencia —correos, mensajes y albaranes—, porque en la práctica turca esa documentación pesa tanto como el propio contrato para acreditar qué se acordó y qué se incumplió.

Cuando la vía extrajudicial es posible, enviamos un requerimiento notarial con un plazo razonable. En las reclamaciones dinerarias de carácter mercantil la mediación previa es requisito para poder demandar.

Plazos que conviene tener en cuenta

Perder un plazo puede cerrar definitivamente una vía de reclamación. Estos son los más relevantes en esta materia:

  • Plazo general de prescripción de las obligaciones: diez años (art. 146 de la Ley n.º 6098).
  • Prescripción de cinco años para rentas de alquiler, intereses, retribuciones periódicas y para los créditos derivados de los contratos de mandato, comisión, agencia y obra (art. 147).
  • Reclamación por daños extracontractuales: dos años y en todo caso diez años (art. 72).

Preguntas frecuentes

¿Es válido un contrato firmado solo en turco si no entiendo el idioma?

Por regla general sí, y su firma le vincula. Por eso recomendamos una revisión previa con traducción de las cláusulas esenciales; una versión bilingüe con indicación de cuál prevalece evita discusiones posteriores.

¿Puedo pactar que se aplique la ley de mi país?

En contratos internacionales suele ser posible pactar ley aplicable y fuero, con límites. Conviene analizarlo caso por caso: una cláusula de este tipo puede dificultar la ejecución posterior sobre bienes situados en Turquía.

Consulta con un abogado hispanohablante en Estambul

En el despacho del Abg. Emre Arslan atendemos a clientes de España y de Latinoamérica en su propio idioma. Contar con un abogado que habla español evita malentendidos en un sistema jurídico extranjero y le permite saber, en cada momento, en qué punto se encuentra su asunto.

📍 Ubicación: Estambul, Turquía
🌐 Idiomas de atención: español y turco
⚖️ Modalidad: consultas presenciales y en línea

Solicite una consulta y le indicaremos los pasos a seguir y la documentación necesaria en materia de contratos y reclamación de cantidades.

La información de esta página tiene carácter general y no sustituye al asesoramiento jurídico. Los plazos y el procedimiento aplicable dependen de las circunstancias concretas de cada asunto y de las modificaciones legislativas vigentes en cada momento.